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Rúbricas Digitales

Rúbrica Digital de Documentación Laboral

La rúbrica digital de libros de sueldos te permite gestionar de manera completamente digital todos tus libros de registro de personal, garantizando su rúbrica de manera rápida y sencilla.

Además, ofrecemos la opción de centralizar la documentación laboral para empresas con establecimientos en distintos puntos del país, facilitando un control unificado de toda la información.

En Urbana, nos encargamos de todo el proceso para implementar la rúbrica digital en tu empresa, asegurando que cada rúbrica sea presentada de manera eficiente y precisa.

Servicios incluidos:

Normativa Vigente

  1. Ley N° 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo): Regula las relaciones laborales en Argentina, estableciendo los derechos y deberes tanto de empleadores como de empleados. Cubre aspectos clave como la formación del contrato, condiciones de trabajo, remuneraciones, despidos, preaviso, indemnizaciones, y derechos fundamentales como la no discriminación y la seguridad laboral.
  2. Ley N° 25.506 (Ley de Firma Digital): Regula el uso de la firma digital en Argentina, otorgándole validez jurídica y equiparándola a la firma manuscrita. Establece normas sobre la emisión de certificados digitales, su validez, y las responsabilidades de los certificadores licenciados. También define la infraestructura para la implementación de la firma digital y designa a la Jefatura de Gabinete de Ministros como autoridad de aplicación. La ley tiene como objetivo modernizar la administración pública y promover la digitalización de documentos para facilitar su manejo.
  3. Resolución N° 168/02 (Secretaría de Trabajo de la Nación): Aprueba el Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad, que regula la rúbrica de documentación laboral para empresas que operan en más de una jurisdicción. Este protocolo permite la centralización de la rúbrica en un solo domicilio del empleador cuando al menos el 20% de su personal trabaja en esa ubicación. Establece un registro unificado a nivel nacional y sanciona a los empleadores que intenten rubricar más de un juego de documentación en distintas jurisdicciones. El objetivo es mejorar el control de las relaciones laborales a nivel federal.
  1. Ley N° 5.960: Establece la formulación de políticas de protección y regulación laboral, y ejerce el poder de policía para garantizar el cumplimiento de las normas laborales. También tiene atribuciones que afectan el ámbito laboral, como la negociación colectiva con representaciones gremiales y la administración de la política salarial del Gobierno de la Ciudad.

  2. Ley N° 3.304: Regula el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad. El objetivo principal es mejorar la calidad de la gestión pública, haciendo más eficiente la provisión de bienes y servicios.

  1. Ley N° 2.751: Normas reglamentarias y actos administrativos tendientes a la implementación de la Ley Nacional N° 25.506. El objetivo es implementar una infraestructura de firma digital en la ciudad, para facilitar la autenticación de documentos electrónicos con validez jurídica. La ley asigna a la Jefatura de Gabinete de Ministros como autoridad de aplicación, encargada de dictar las normas reglamentarias y administrar este sistema.

  2. Ley N° 265: establece las competencias de la Autoridad Administrativa del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires, regulando su poder de policía en materia laboral y los aspectos relacionados con la gestión documental de registros laborales.

  3. Resolución N° 2623-SSTIYC/2017: Establece la implementación de una plataforma web para la rúbrica digital de documentación laboral en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 1 de enero de 2018. Esta plataforma, llamada «Sistema para la Rúbrica de Documentación Laboral en forma digital», utiliza la firma digital conforme a la Ley N.o 25.506. Todos los empleadores con sede en la ciudad deberán adherirse progresivamente según el número de empleados y la modalidad de presentación de documentos. La medida busca modernizar el proceso administrativo y mejorar la eficiencia.

  4. Disposición (DGE Bs. As. Cdad.) 473/2019: reglamenta el «Sistema para la Rúbrica de Documentación Laboral en forma Digital» en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo los requisitos y modalidades para la presentación de documentación laboral. Los empleadores deben realizar la rúbrica de sus libros laborales a través de una plataforma digital, que permite la presentación de documentos como el libro de sueldos y jornales, registros de personal y planillas de horarios, entre otros. Este sistema busca modernizar y agilizar el proceso, alineándose con la normativa de digitalización y firma digital.

  5. Disposición N° 566/DGEMP/19 (GCBA): Modifica la reglamentación sobre la rúbrica digital de documentación laboral. Establece que los empleadores que utilicen esta modalidad deben subir semestralmente una certificación emitida por un contador, legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA. Además, especifica la documentación obligatoria a presentar, como la constancia de inscripción en AFIP y el formulario 931. Esta disposición actualiza los requisitos operativos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones laborales digitales.

  6. Decreto 625/09: Crea el Registro de Empleadores Online, que establece la obligación para todos los empleadores con domicilio legal o establecimientos en la ciudad de registrar información laboral y socioeconómica entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año. Esta información, presentada como declaración jurada, es necesaria para realizar trámites de rúbrica de documentación laboral y puede ser solicitada por los inspectores laborales. El incumplimiento de esta normativa conlleva sanciones.

  1. Ley N° 10.149: Regula la competencia y las atribuciones de la Subsecretaría de Trabajo de la provincia en cuestiones laborales. Se centra en la intervención en conflictos individuales y colectivos de trabajo, garantizando condiciones de seguridad, salubridad y cumplimiento de las normativas laborales. También detalla sanciones por incumplimientos y establece procedimientos de conciliación y arbitraje en disputas laborales.
  2. Resolución (MT Bs. As.) N° 147/2024: Implementa el Sistema de Trabajo Digital Bonaerense (SITRADIB) en la provincia de Buenos Aires. Este sistema establece un portal digital, accesible desde el sitio web del Ministerio de Trabajo, para la presentación y rúbrica de documentación laboral obligatoria. Además, crea el Legajo Digital del Empleador y la Ventanilla Única Digital, que sustituirán progresivamente la rúbrica manual de documentos, todo enmarcado en la legislación de firma digital.

Documentación laboral habilitada

para el sistema de rúbrica digital

Régimen General

LIBRO LEY 20744 ART. 52

Trabajadores Agrarios

LIBRO LEY 26727

PYME Pequeña y Mediana Empresa.

LIBRO LEY 24467

Peluqueros

LIBRO LEY 23947 ART. 6

Viajantes de Comercio

LIBRO LEY 14546 ART. 10

Registro Horas Suplementarias

LIBRO LEY 11544 ART. 6 INC C

Horarios Transporte Automotor

LIBRO DECRETO 1038/97 ART 1

Régimen General

LIBRO LEY 20744 ART. 52

Peluqueros

LIBRO LEY 23947 ART. 6

Viajantes de Comercio

LIBRO LEY 14546 ART. 10

Órdenes del Estatuto de Encargados

LIBRO LEY 12981 ART 25

Trabajadores Rurales

LIBRO LEY 22248 ART 122

Horas Suplementarias

LIBRO DECRETO 1088/45 ART 7 Y 15

Trabajadores a Domicilio

LIBRO LEY 12713

Registro Único de Personal

LIBRO LEY 24467 ART 84 Y 85

Preguntas Frecuentes

La rúbrica digital es el proceso mediante el cual los empleadores presentan y autentican electrónicamente la documentación laboral, como el libro de sueldos y jornales, ante la autoridad laboral correspondiente. Este sistema asegura que la información esté debidamente registrada y disponible para inspecciones, juicios o auditorías.

La Ley 20.744 de Contrato de Trabajo establece la obligación del empleador de llevar un libro especial de sueldos y jornales, el cual debe estar debidamente rubricado por la autoridad competente. Además, la Resolución 168/2002 regula de manera específica la rúbrica de documentación en distintas jurisdicciones. Si deseás más información sobre el marco legal de la rúbrica digital de libros de sueldos, te invitamos a visitar nuestra sección de Normativas Vigentes.

Según el artículo 56 de la Ley 20.744, los empleadores deben llevar un libro especial, registrado y rubricado, que contenga la información completa y actualizada de los trabajadores.

La Ley 25.506 regula el uso de la firma digital en Argentina, estableciendo que es válida cuando permite identificar al firmante y garantizar la integridad del documento. Esta ley reconoce la firma digital como equivalente a la firma manuscrita para documentos digitales, incluida la rúbrica de libros de sueldos.

La firma digital, regulada por la Ley 25.506, tiene más requisitos técnicos y es legalmente equivalente a la firma manuscrita. En cambio, la firma electrónica es más flexible, pero puede no cumplir con los requisitos legales para ser reconocida en ciertos contextos, como en la rúbrica de documentación laboral.

Sí, la Resolución 168/2002 permite que las empresas que operan en más de una jurisdicción centralicen la rúbrica de su documentación laboral en el domicilio principal de la empresa, siempre que cumplan con ciertos requisitos, como contar con al menos el 20% del personal en esa ubicación.

No cumplir con la rúbrica de los libros de sueldos puede traer algunos problemas para el empleador. Las sanciones pueden incluir multas económicas, que varían desde leves hasta graves, según la situación. También, la documentación no rubricada pierde validez legal, lo que puede complicar las cosas en inspecciones o auditorías. En juicios laborales, la falta de una rúbrica adecuada podría jugar en contra del empleador. Por eso, es importante estar al día con este trámite para evitar inconvenientes mayores.

Para ser válido, un certificado digital debe identificar al titular y al certificador, contener datos de verificación de la firma digital y estar vigente durante el período de emisión. Además, debe cumplir con estándares internacionales establecidos por la autoridad de aplicación.

La rúbrica digital de los libros de sueldos se valida mediante la firma digital del empleador o un representante autorizado, utilizando un certificado digital emitido por un certificador licenciado bajo la Ley 25.506.

La rúbrica digital es un sistema implementado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que permite a los empleadores presentar y rubricar su documentación laboral de manera digital, facilitando la gestión y cumplimiento de las normativas laborales.

El Informe Precalificatorio es un informe especial en el que se certifican los libros rubricados. La Disposición N.o 566/DGEMP/19 modifica los artículos 3 y 7 del Anexo II de la Disposición N.o 473-DGEMP/19, que regulan la documentación sujeta a rúbrica digital. Los empleadores deben presentar semestralmente, a mes vencido, una certificación emitida por un contador público, legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA.

Desde junio de 2018, es obligatorio para los empleadores que tienen 10 o más trabajadores y deben rubricar conforme al artículo 52 de la Ley 20744. Los empleadores con menos de 10 trabajadores pueden optar entre el sistema de rúbrica digital o continuar utilizando la rúbrica manual.
Los empleadores deben estar inscriptos en el Registro de Empleadores de CABA, contar con firma digital certificada y haber completado el reempadronamiento anual. Además, si previamente se utilizaba la rúbrica manual, la rúbrica digital debe continuar de forma correlativa con el último período rubricado en el Libro Manual, Hojas Móviles o Microfichas.
La presentación de la documentación debe realizarse de manera mensual, correspondiente al mes vencido.
Las presentaciones fuera de término son aceptadas, pero podrían estar sujetas a sanciones.

Existen diversas opciones para abonar las tasas correspondientes a los libros de sueldos. A continuación, te detallamos todas las alternativas disponibles:

  • A través del celular con la APP Todo Pago PEI.
  • En Rapipago y Pago Fácil.
  • Usando Todo Pago y Mercado Pago.
    Mediante Provincia Net Pagos.
  • En las cajas automáticas del GCBA (disponibles 24 hs).
  • En los cajeros automáticos del GCBA.
  • En sucursales del Banco Ciudad.
  • Y en todos los canales de la Red Link.

Además, también podés realizar el pago directamente a través del portal del Gobierno de la Ciudad. Si necesitás ayuda, estaremos encantados de asistirte con cada paso del proceso.

 

No, no es necesario imprimir los libros una vez aprobada la rúbrica digital. Según el art. 12 del Anexo II de la DISPOSICIÓN (DGE Bs. As. Ciudad) 473/2019: ‘El empleador debe conservar los libros digitales rubricados en formato electrónico para su almacenamiento y/o guarda. Cada documento electrónico firmado digitalmente es válido en medios electrónicos y debe ser exhibido en dicho formato [art. 12 de la Ley Nacional 25506]’.

Por lo tanto, los libros rubricados digitalmente son válidos en formato electrónico y no requieren ser impresos.

El Registro de Empleadores Online de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Resolución No 1894/SSTIYC/17) es un proceso mediante el cual los empleadores deben presentar información sobre ellos mismos y su personal, con el fin de cumplir con los requisitos legales establecidos por la Ley No 265, que regula las competencias de la autoridad administrativa del trabajo en la Ciudad.

Todo empleador debe estar inscripto en el Registro de Empleadores de CABA (Decreto No 625/09) y mantener sus datos actualizados. La actualización de los datos debe realizarse anualmente, entre el 1 de enero y el 31 de marzo, por parte de aquellos empleadores con domicilio legal o establecimientos ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que hayan tenido actividad en el período anual anterior.

El Sistema de Trabajo Digital Bonaerense (SITRADIB) es una plataforma implementada en la Provincia de Buenos Aires que permite a los empleadores realizar la rúbrica digital de la documentación laboral, como el libro de sueldos, de manera eficiente y segura.

A través de SITRADIB, deben rubricarse los libros de sueldos y jornales, así como planillas y cualquier otra documentación que requiera autorización administrativa.

Todos los empleadores con domicilio legal o fiscal en la Provincia de Buenos Aires y que cuenten con personal trabajando dentro de la provincia, deben utilizar la Ventanilla Única Digital del SITRADIB para la rúbrica de sus documentos.

A partir del 2 de septiembre de 2024, todos los empleadores tienen la opción de adoptar la rúbrica digital de manera voluntaria.

La obligatoriedad se implementa de forma escalonada:

  • Desde el 1 de octubre de 2024, para empleadores que anteriormente rubricaban a través de microfichas.

  • Desde el 1 de noviembre de 2024, para empleadores con 50 o más trabajadores.

  • Desde el 1 de diciembre de 2024, para empleadores con menos de 50 trabajadores.

Este cronograma permite una transición gradual hacia el sistema digital, facilitando la adaptación de los empleadores.

Es el sistema mediante el cual los empleadores pueden presentar su documentación laboral firmada digitalmente para su rúbrica en la Provincia de Buenos Aires.

Sí, todos los empleadores deben constituir un domicilio electrónico en el Portal de Servicios de la Provincia de Buenos Aires para recibir notificaciones y comunicaciones.

Si no se constituye el domicilio electrónico no se podrá acceder a la Ventanilla Única Digital para gestionar la rúbrica, lo que podría generar demoras o sanciones.

Es necesario contar con un certificado de firma digital reconocido por la infraestructura de firma digital de la República Argentina.

Es una herramienta que permite a una persona jurídica delegar funciones a una persona humana para gestionar trámites en nombre de la empresa.

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